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¿Qué significa una muerte digna?

Captura de pantalla 2016-04-01 a la(s) 13.46.28La muerte es el último acontecimiento importante de la vida, y nadie puede privar de él al hombre, sino más bien debe ayudarle en dicho momento

Toda persona tiene derecho a una muerte humana. La muerte es el último acontecimiento importante de la vida, y nadie puede privar de él al hombre, sino más bien debe ayudarle en dicho momento. Esto significa, ante todo, aliviar los sufrimientos del enfermo, eventualmente incluso con el suministro de analgésicos, de forma que pueda superar humanamente la última fase de su vida. Ello significa que es necesario darle la mejor asistencia posible. Y ésta no consiste solamente en los cuidados médicos sino, sobre todo, en prestar atención a los aspectos humanos de la asistencia, a fin de crear en torno al moribundo una atmósfera de confianza y de calor humano en los que él sienta el reconocimiento y la alta consideración hacia su humana existencia.

Forma parte de esta asistencia también el que al enfermo no se le deje solo en su necesidad espiritual. Justamente en el momento de la muerte resulta más urgente la necesidad de encontrar una respuesta al problema del origen y del fin de la vida, ya que son estos los últimos problemas religiosos que no se pueden eliminar ni rechazar. En tales momentos, la fe constituye una ayuda eficaz para resistir y hasta para superar el temor a la muerte, ya que da al moribundo una sólida esperanza. La fe da también un sentido al sufrimiento – que nos parece incomprensible porque el sufrir mismo es la participación en el sufrimiento de Cristo .

El derecho a una muerte humana no debe significar, sin embargo, que se busquen todos los medios a disposición de la medicina, si con ellos se obtiene como único resultado el de retrasar artificialmente la muerte. Esto se refiere al caso en el que por una intervención de carácter médico, una operación, por ejemplo, la vida se prolonga realmente poco y con duros sufrimientos, hasta tal punto que el enfermo, en breve período de la propia vida, se encuentre sometido, a pesar de la operación o justamente como resultado de la misma, a graves trastornos físicos o psicológicos. En semejante situación, una decisión eventual del enfermo de no someterse a la operación debe ser respetada bajo el punto de vista moral.

Existen hoy, además, posibilidades técnicas de la medicina que nos sitúan ante problemas nuevos. ¿Podemos justificar ante nuestra conciencia moral el uso prolongado de un pulmón artificial, por ejemplo, para mantener con vida a un paciente? Desde el momento en que se pueda vislumbrar que, con este tratamiento, el enfermo grave puede curar de nuevo, es nuestro deber utilizar semejantes medios, y es cometido de un Estado de carácter social obrar de suerte que aparatos y medios, incluso costosos, sean puestos a disposición de los que los necesitan.

Pero es distinto el caso en el que eliminada toda esperanza de mejoría, el empleo de particulares técnicas médicas no sirve para otra cosa sino para retrasar la muerte a costa de ulteriores sufrimientos. Si el paciente, sus parientes y el médico, tras haber sopesado todas las circunstancias, renuncian al empleo de medicinas y de medidas excepcionales, no se les puede imputar el atribuirse un derecho ilícito a disponer de la vida humana. Para el médico, esto presupone naturalmente, el consentimiento del paciente y cuando éste ya no sea posible, el de un pariente suyo. En tal caso, se respeta el derecho de que la vida termina con la muerte, que Dios ha puesto como límite de aquella.

 

Catholic.net Por: René Cesa Cantón | Fuente: René Cesa Cantón